25 feb 2015

Ideas políticas de Platón, Aristóteles y Montesquieu acerca de los poderes y el estado.




Carlos Ramiro Bravo Molina

En este ensayo se intenta rastrear la trascendencia de la mentalidad política de los grandes pensadores de la Grecia Clásica y su posible incidencia en Montesquieu, con relación a las teorías de los poderes políticos y el Estado.
Platón y Aristóteles toman como población de estudio la Ciudad-Estado o polis, entendida en términos de un territorio pequeño habitado por una comunidad dominante de ciudadanos libres y poseedores de bienes materiales y virtudes, que descansa sobre el trabajo de artesanos y esclavos. La ciudad existe, en tanto la existencia se decide como existencia política. La polis es una resultante del proceso histórico del demos heróico a la ciudad republicana. La ley es la esencia de toda igualdad o derecho, “dike”; es el fundamento en última instancia. La dike y la dikaiosyne –justicia constituyen la esencia de la polis, “la libertad corresponde así a la naturaleza de la polis. Por ello precisamente para el griego de la época de Solón– como también para los griegos posteriores, la libertad es ante todo, libertad política y no resulta, en general, pensable por fuera de la polis”(1).

Estos grandes humanistas asumieron su posición política ante los acontecimientos cotidianos en los que transcurrieron sus vidas, a pesar de sus visiones diferentes. Ambos filósofos actuaron en el escenario haciendo de la educación una pedagogía política tendiente a desarrollar los planteamientos filosóficos en aras de transformar la decadencia de la polis. Lo hicieron desde un mismo escenario pero asumiendo enfoques y prácticas ideopolíticas divergentes. La teoría del punto medio es válida tanto para Platón como para Aristóteles. Platón con su concepción de un Estado comunalista excluyente, en tanto el privilegio del comunalismo es de los gobernantes o verdaderos guardianes de la polis. Aristóteles con su proyecto de Estado mixto o moderado democrático–oligárquico, denominado República, intenta contrarrestar la agonía de la Ciudad–Estado. Desde la perspectiva de los objetivos, la República y la política son semejantes, así los mecanismos e instrumentos para llegar al ideal propuesto sean diferentes. En últimas se trata de dos proyectos de Estado y Gobierno: La democracia como proyecto ético–político platónico y la democracia moderada de Aristóteles. Jean Touchard en su tratado de Ideas Políticas dice que:

“Platón funda la política deduciéndola de la justicia y no ciertamente como descripción objetiva de los fenómenos políticos, sino como estudio normativo de los principios teóricos del gobierno de los hombres”(2).
Carlos Luis de Secondad, el barón de Montesquieu (1689 - 1755), pertenece al siglo de la Ilustración, etapa delimitada por la Revolución Inglesa (1688), llamada admirable y la Revolución Francesa (1789), llamada burguesa. 

Montesquieu,
“al contrario de la mayoría de los hombres que en alguna forma influyen en el vigoroso proceso de la ilustración, su vida no venía de la pobreza y mucho menos llegó a ser vagabundo, como el autor del Contrato Social. No procedía, como la casi totalidad de quienes colaboraron en la Enciclopedia y en alguna forma influyeron en la Revolución Francesa, de la burguesía, sino que su origen se encontraba en los estamentos de un sector de cierta jerarquía de la nobleza”(3).
Se desempeñó como presidente togado del Parlamento de Guyena. En este sentido por su carácter de clase Montesquieu, Platón y Aristóteles se hallaban entroncados con la nobleza, la griega de Pericles y la francesa de Luis XV. Montesquieu, pertenece al siglo del Racionalismo Naturalista y del Absolutismo en crisis. Desde el punto de vista de las teorías políticas, Inglaterra y Francia, se sacudían del absolutismo monárquico sustentado por Nicolás Maquiavelo y Tomás Hobbes, ascendiendo por las teorías librecambistas y de la sociedad civil de John Locke. Montesquieu, pertenece al siglo de las luces, a ese momento de establecimiento de la burguesía mercantil, que va a facilitar el gran salto del absolutismo al período demoliberal.

La ilustración es un siglo profundamente racionalista. El racionalismo ha nacido en el siglo XVII. La razón es la actividad prioritaria del hombre y en ella se fundamentan los derechos naturales. Ella, la razón, para los enciclopedistas, constituye la ley. El hombre con su libertad y sus derechos humanos es el centro de la razón política. La mayor manifestación de la ilustración fue la enciclopedia. Ella estaba dirigida a la comunidad y se levanta como reacción a la metafísica y la ideología medieval. El siglo de las Luces se caracteriza por el énfasis de la soberanía popular como la suma de las soberanías individuales. El concepto Contrato Social Lockiano ha evolucionado al concepto Roussoniano. El siglo de las Luces no solamente influye en Europa sino que irradia al mundo americano, prueba de ello son los procesos ideológicos independientes de las colonias del nuevo continente. Este fue el mundo que le tocó vivir a Montesquieu. La comparación diacrónica-sincrónica de los momentos históricos vividos por Platón, Aristóteles y Montesquieu, nos lleva a pensar que las grandes teorías políticas se han constituido como respuesta a los momentos de grandes tensiones sociales, políticas y económicas. Es aquí donde radica la trascendencia de los grandes pensadores, en el compromiso político con su época.

1. "La República" de Platón
"La República" comprende diez (10) libros, su estilo es dialogal. Intervienen en el diálogo Sócrates, Glaucon, Polemarco, Trasimaco, Adimanto, Céfalo y Clitofón.
Los planteamientos centrales se sintetizan en los siguientes aspectos:
La justicia es el fundamento de la Ciudad Estado. El Estado y las leyes acerca de la concepción de Dios es Monoteísta, opuesto, a la concepción Politeísta de la teoría aristocrática del período heróico u homérico. Desde el punto de vista de la clasificación de los gobiernos elabora la teoría y caracterización de los Gobiernos Aristocrático, Democrático y Oligárquico, con sus respectivas desviaciones: Timocracia, Demagogia y Tiranía. Es un crítico de la demagogia y del falso moralismo de los demagogos incluyendo a los Sofistas. El fin de la moral y la política es el bien, o la virtud. La democracia en su anarquía es una feria de constituciones. En el plano de la antropología filosófica, sociedad, hombre y virtud es una triada que habita en un espacio cerrado en sí mismo reproduce la figura triangular piramidal de jefes, guerreros, trabajadores; razón, corazón y vientre, con sus respectivas virtudes, sabiduría, valor y templanza.
En Platón en cuanto a su concepción política se observa:

El Platón ético–político de "La República", en la que la ley está implícita en la ética, y ésta ha llevado a algunos autores a sustentar la negación del derecho y la ley en la concepción platónica del Estado y la sociedad. Sin embargo ésta posición no niega la normatividad, por el contrario le infunde a ella una fundamentación ética en tanto el bien es la primicia del comportamiento de la sociedad. La República, da cuenta del Platón que coloca la virtud, por encima de todo ordenamiento positivo del Estado, en tanto la polis se construiría en consonancia con un modelo de vida que debería ser el resultado obvio del sistema educativo. En este sentido el olismo idealista platónico es coherente y por qué no pedir las buenas costumbres y la justicia primaria sobre la norma positiva.

“La teoría del Estado de Platón parte del concepto de que el bien tiene que ser conocido mediante el estudio metódico, la teoría interpreta la sociedad alrededor de esta idea”(4).
La justicia para Platón tiene una naturaleza y un origen eminentemente social, surge en el momento preciso en el que:
“los hombres cometieron y sufrieron la justicia alternativamente; experimentaron ambas cosas, y habiéndose dañado por mucho tiempo los unos a los otros, no pudiendo los más débiles evitar los ataques de los más fuertes ni atacarlos a la vez, creyeron que era un interés común impedir que hiciese y que se recibiese daño alguno. De aquí nacieron las leyes y las comunicaciones. Se llamó justo y legítimo lo que fue ordenado por la ley... y se ha llegado a amar la justicia, no porque sea un bien en sí misma, sino en razón de la imposibilidad que nos coloca de dañar a los demás”(5).
Para Platón los justos, al llegar a su edad madura, después del proceso de perfeccionamiento de sus virtudes a través de la educación, la razón, la fortaleza y la prudencia eran merecedores de todas las dignidades del Estado, por el contrario los hombres malos a pesar de haber pretendido ocultar sus faltas al fin de su carrera, serán objeto del ridículo y el oprobio, juguetes de los extranjeros y los ciudadanos, serán azotados, sometidos al tormento y quemados con hierros candentes en la otra vida. En este sentido:
“el comportamiento justo o injusto asumido por los gobernantes en la dirección del Estado, estaría sometida a los premios o castigos metafísicos en la medida y proporción de las bondades inherentes a la vida terrenal”(6).
Es interesante entender el por qué la filosofía cristiana medieval encuentra en el gran pensador de la eticidad democrática, la gran fuente de sus disquisiciones metafísicas. Como ejemplo de los premios y castigos que son merecedores los hombres justos e injustos, Platón acude a la elección de Er el armenio originario de Panfilia, quien después de muerto vio que las
“almas son castigadas diez veces por cada una de las injusticias cometidas durante la vida, que la duración de cada castigo era de cien años, y los que habían vendido los Estados y los Ejércitos, eran atormentados con el decúpulo por cada uno de los crímenes”(7).
El autor Sabine, dice:
“pocos libros que aspiran a constituir tratados de política tienen un razonamiento tan trabajado o también coordinado como la República. Es esta cualidad la que ha hecho de la República un libro para todos los tiempos. La República es eternamente la voz del estudioso o la profesión de fe del intelectual, que ve en el conocimiento y en la ilustración las fuerzas en que tiene que apoyarse el progreso social”(8).

El Platón de las leyes, es el hombre político que ha replanteado su teoría de la República a partir de sus experiencias y frustraciones.
“El Estado de las leyes es otro tipo de Estado en el que la fuerza dirigente había de ser el derecho y no el conocimiento fundado en la ética. El Estado platónico ha de ser mantenido y unido por la cuerda de oro de la ley”(9).
2. La política de Aristóteles
La Política, se desarrolla a lo largo de ocho libros, caracterizándose por la coherencia teórica y metodológica en torno a la teoría política. Aristóteles construye las bases de la teoría política partiendo de la observación de la realidad histórica de la decadencia de la polis y del conocimiento de otras nacionalidades. Su obra se apoya en el método inductivo–comparativo–jurídico de las instituciones políticas y sistemas de gobierno, estructurando de esta manera un modelo proyecto de Estado Moderado, resultante del equilibrio de los intereses de los miembros de la polis. 

Los ocho libros se refieren a:

De la Sociedad Civil. La sociedad es un hecho natural, en consecuencia el hombre es un ser esencialmente sociable, más que las abejas la naturaleza arrastra instintivamente a todos los hombres a la asociación política. A partir del origen natural de la sociedad, Aristóteles justifica la desigualdad inherente a la sociedad, la cual se expresa en la existencia de hombres libres y esclavos, bárbaros y griegos, el hombre y la mujer, el padre y los hijos. El Estado como organización política resultante de la asociación de individuos, familias y pueblos, se origina para resolver las necesidades básicas de la vida y el fin de la satisfacción de ellas, el poder doméstico descansa en la trilogía del poder que el jefe de familia tiene sobre la mujer, los hijos y los esclavos, el poder del señor, el del padre y el de esposo se concentra en el padre de familia. La sociedad civil se levanta sobre relaciones de propiedad en términos de riqueza bienes materiales y de propiedad viva o esclavos. La posición de señor se obtiene porque se sepa mandar, sino porque se tiene cierta naturaleza para ser señor. La concepción del poder doméstico de Aristóteles difiere radicalmente de Platón en tanto en el primero es el poder doméstico sobre la familia monogámica y en el segundo, está dado por la pertenencia a la comunidad de mujeres. De la teoría de la sociedad civil, se pasa al análisis comparativo de las constituciones más representativas de la época como eran las de Fáleas de Calcedonia, Hipódamo de Mileto, la de Creta y la de Cartago. En este libro Aristóteles confronta la República de Platón, centrando sus críticas sobre las teorías acerca de la comunidad de las mujeres, la destrucción del Estado, la abolición de la propiedad entre los gobernantes, la selección de la familia y de los hijos y el carácter elitista del Estado.

El tercer libro, centra el estudio en la teoría del Estado y el ciudadano, los gobiernos y la soberanía. La idea absoluta y “rasgo eminentemente distintivo del verdadero ciudadano es el goce de las funciones de juez y magistrado”(10), luego, evidentemente, “es ciudadano el individuo que puede tener en la asamblea pública y en el tribunal voz deliberante”(11). El ejercicio de la política es el distintivo del ciudadano, pero ese poder de participación está determinado por la calidad de ser ciudadano y solamente es ciudadano el que participa en los poderes en tanto por naturaleza era descendiente de ciudadanos, no pertenece a los extranjeros, ni a los artesanos, ni a los domiciliados. La calidad de ciudadano está determinada por el poder doméstico que era portador, es decir por la propiedad de instrumentos de producción. He aquí otras de las grandes diferencias entre Aristóteles y Platón, para quien la ciudadanía está ligada al poder del saber o poder que se deriva del conocimiento sobre el arte de hacer política y defender la ciudad. Para Aristóteles es ciudadano sólo el que plenamente tiene participación en los poderes públicos, es decir, que no sea esclavo, extranjero o artesano. La función pública exige tiempo libre para ponerlo al servicio del poder. El ciudadano era el hombre virtuoso en tanto a la virtud del hombre de bien y la virtud del ciudadano son idénticos. El ser animal político por naturaleza y por ser ciudadano es el título que “pertenece sólo al hombre político, que es o puede ser dueño de ocuparse, personal o colectivamente, de los intereses comunes”(12). En la ciudad se identifica el ser político en tanto portador de virtudes, en esta parte Aristóteles retoma el ideal ético platónico, pero, incorporándolo a las condiciones del poder doméstico que se requiere para ser ciudadano. Virtud y ciudadanía son las premisas esenciales de la perfecta felicidad talentos, o a un tirano. La solución se encuentra en las leyes, pero no en las leyes oligárquicas, democráticas o tiránicas, sino en las leyes buenas fundadas en la razón”(13). En la política Aristóteles sustenta la concepción racionalista de la ley que sería retomada por los enciclopedistas del siglo XVIII y en particular por Montesquieu.
Los libros IV, V, VI Y VII forman una sola unidad, son las partes de la teoría general de la ciudad perfecta, pero necesariamente se halla conectado a los planteamientos teóricos previamente desarrollados por Aristóteles. En otras palabras en los cuatro primeros libros, se hallan planteados los elementos teóricos de entrada que van a dar lugar a la elaboración de la teoría general de la ciudad perfecta, a saber:
- El origen natural de la sociedad y la asociación política.
- La desigualdad natural entre los hombres (justificación de la sociedad de clases, la esclavitud y la propiedad).
- El Estado como hecho natural y social.
- Razón y función social del Estado.
- La unidad existente entre virtud y la ciudadanía.
- La naturaleza y función política del ciudadano.
- La ley fundamento racional de la soberanía.
La ciudad debe reunir un conjunto de instancias y elementos materiales y humanos interactuantes que en su dinámica permitirán alcanzar el Estado más perfecto, es decir aquel Estado, en el que cada ciudadano, merced a las leyes y la virtud, asegura su felicidad.
El gobierno de la ciudad debe ser práctico, al respecto señalaba que “no basta imaginar un gobierno perfecto, se necesita, sobre todo un gobierno practicable, que pueda aplicarse fácilmente a los Estados”(14). Las leyes deben ser hechas para las Constituciones y no las Constituciones para las leyes. Aristóteles se identifica con Platón en el sentido que la educación es el baluarte de la ciudad, con la diferencia que a ella deben ascender no exclusivamente las élites sino todos los ciudadanos. La ciudad perfecta sería aquella que adoptara el gobierno mixto, producto del equilibrio y comunicación de elementos oligárquicos y elementos democráticos. Es así como el justo medio político es el fundamento del Estado. Desde el punto de vista de clase social, Aristóteles considera que:
“la asociación política es sobre todo la mejor cuando la forman ciudadanos de regular fortuna. Los Estados bien administrados son aquellos en que la clase media es más poderosa y más numerosa que las otras dos reunidas”(15).
Touchard, afirma:
“corresponde a Aristóteles el honor de haber sido el primero en distinguir los tres órdenes de poderes”(16), “se trata, por tanto, de una distinción funcional destinada a tener gran porvenir, pero no, es absoluto, de una doctrina de la separación de los poderes”(17).
Aristóteles expresa que la diferencia entre los Estados radica en la organización diferente de los tres poderes: La asamblea general que delibera sobre los negocios públicos, los magistrados y el cuerpo judicial. Es factible pensar que Montesquieu encontró la fuente de su teoría de los poderes en Aristóteles, así no se exprese explícitamente en el Espíritu de las Leyes.
“Compete a la Asamblea General decidir con respecto a la paz y a la guerra, y a la celebración y ruptura de tratados; hace las leyes, impone la pena de muerte, la de destierro y la confiscación, y toma cuenta a los magistrados”(18).
La Asamblea corresponde a la forma de gobierno democrático. El cuerpo de los ciudadanos sanciona las leyes. La Asamblea era el cuerpo deliberante, es decir, el verdadero soberano del Estado. El Poder Ejecutivo se compone por las magistraturas, encargadas de garantizar el buen orden y la tranquilidad con respecto a la vigilancia del mercado público, la conservación de las propiedades públicas y particulares, las rentas públicas, la defensa de la ciudad, el culto a los dioses y los negocios generales del Estado, “el poder de los comisarios está por encima de los senadores”(19).
“El Senado procede de un principio democrático, la comisión de un principio oligárquico”(20). “El Poder Judicial, puede tomarse de la universalidad o sólo de una parte de los ciudadanos”(21).
Los tribunales en número de ocho se encargaban de los gastos públicos, los daños causados al Estado, los atentados contra la Constitución, las demandas de indemnización, las causas civiles, los homicidios y la extranjería. El equilibrio democrático u oligárquico de los tres poderes, depende de la forma de cómo se combinen los elementos que integran los poderes.
Aristóteles dedica el último libro a la teoría general de las revoluciones, explicando que la desigualdad es la causa de ellas. El ansia de riqueza y honores, puede encender discordias, así como la diversidad de origen de los pueblos, en especial la presencia de extranjeros. El carácter turbulento de los demagogos ha sido causa de las revoluciones, ellos agitan a los ricos y a los pobres según las conveniencias y cuando se trata de asuntos públicos arrastran multitudes. Ejemplo de ello fueron las revoluciones en Rodas, en Heradea, en Megara y Cunias. Las causas de las revoluciones difieren según el sistema de gobierno ya se trate de oligárquico, del tiránico y del republicano y la influencia revolucionaria puede originarse en factores internos o externos. Aristóteles remata la política criticando a Platón en tanto en la República se habla de las revoluciones, más no se precisan las causas. De Aristóteles a Montesquieu han transcurrido más de dos mil años y a pesar de ello es factible tratar de establecer relaciones diacrónicas a nivel de las teorías políticas de la sociedad y del Estado. La comparación o continuidad de pensamiento se da con respecto a la sociedad civil, la naturaleza y principios de los gobiernos, la educación y las clases sociales.
3. Del espiritu de las leyes de Montesquieu (1748)
El título original de la obra es extenso como la obra en sí misma: “Del espíritu de las leyes o de la relación que las leyes deben con la Constitución de cada gobierno, las costumbres, el clima, la religión y el comercio”. La obra, Del Espíritu de las Leyes, no es una obra para leer de un sólo tirón, tal vez sea como leer la Biblia, es decir por partes.
La universalidad de la ley adolece de la unidad temática; por ejemplo en los libros XXVII, XXVIII, XXIX, XXX y XXXI, se tratan aspectos con relación del origen y de las revoluciones de las leyes romanas acerca de las sucesiones del origen y de las revoluciones, de las leyes civiles francesa, del modo de componer las leyes, (este capítulo no concuerda con los temas de la historia de las leyes: romanas, francesas antiguas y feudales que se trata en los libros XXX y XXXI). El libro XXIX del modo de componer las leyes, que es realmente un tratado de la técnica jurídica, bien podría encuadrarse en el capítulo de las leyes y su relación de las cosas, que corresponden más a la teoría de la ley que a la historia de la misma. Realmente son pequeños detalles al margen de la trascendencia política que alcanzó la obra en el siglo XVIII, tanto en el ámbito ideológico de Europa como de América.
El punto de partida para el análisis y organización del Estado se mueve del estado de naturaleza al contrato social sometido a las leyes. Los derechos a la vida, la libertad y la propiedad se colocan en la vanguardia del nuevo ordenamiento social. El Estado según Locke estará conformado por tres poderes: El Legislativo (supremo poder), el Ejecutivo y Federativo. Es así como Montesquieu es heredero ideológico del naturalismo, el racionalismo, el utilitarismo y el antiabsolutismo, filosofías que en una u otra forma contribuyen a definir el perfil político del barón de la bréde y de Montesquieu.
La obra del Espíritu de las leyes se desarrolla en treinta y un (31) libros, trabajados a lo largo de veinte (20) años. La directriz esencial del libro son las leyes “razón suprema que gobierna los pueblos”. Previamente Montesquieu ha publicado: El Discurso sobre la Pesantez de los Cuerpos (1720), Las Cartas Persas (1721), Consideraciones sobre la Grandeza y Decadencia de los Romanos (1734) y el Tratado sobre la Naturaleza Humana (1739).
En el Espíritu de las Leyes los temas centrales se refieren a:
De las leyes en general.
De las leyes y la naturaleza del gobierno.
De los principios de los gobiernos.
De las leyes de la educación relativas a los principios del gobierno.
De la concepción de los principios en los tres gobiernos: Democracia, Oligarquía, Monarquía.
“De las escasas veces que Montesquieu consultó a Aristóteles, lo hizo para referirse a la educación, a las causas de la corrupción del pueblo, al consentimiento para casarse, a los habitantes y a la necesidad de cumplir bien las leyes”(22).
En el libro VI, capítulo VI, Montesquieu, escribe que en los
“tiempos fundaron los griegos una monarquía que no existió... En aquella, los tres poderes estaban repartidos de manera que el pueblo tenía el Poder Legislativo y el Rey el Poder Ejecutivo, con la facultad de juzgar, mientras en la monarquía de hoy, el monarca tiene el poder Ejecutivo y el Legislativo, a lo menos en parte el Legislativo, pero no juzga”(23).
Montesquieu afirma que:
“No se había descubierto aún la verdadera función del príncipe, que es la de elegir los jueces y no juzgar él mismo. Los griegos no imaginaron la buena distribución de tres poderes en el gobierno de varios y llamaron Policía a esta clase de Constitución”(24).
Notas
(1) CoHen, Robert. Atenas una Democracia. Barcelona. Orbis.1985. p.212.
(2) TOUCHARD, Jean. Historia de las Ideas Políticas. Tecnos. Madrid. 1961. p. 40-41.
(3) MORENO, Daniel. Estudio preliminar a la obra del Espíritu de las Leyes. México. Porrua. 1987. p.X.
(4) SABINE, george. Historia de la Teoría Política. México. Fondo de la Cultura Económica. 1963. p.52.
(5) PLATÓN. La República. Bogotá Universales. Libro II. p.49.
(6) PLATÓN. Op. cit. p.358.
(7) PLATÓN. Op. cit. p.360.
(8) SABINE. Op. cit. p.57.
(9) SABINE. Op. cit. p.66.
(10) ARISTÓTELES. La Política. Bogotá. Universales. Libro III. p.84.
(11) ARISTÓTELES. Op. cit. p.85.
(12) ARISTÓTELES. Op. cit. p.93.
(13) ARISTÓTELES. Op. cit. p.103.
(14) ARISTÓTELES. Op. cit. p.174.
(15) ARISTÓTELES. Op. cit. p.194.
(16) TOUCHARD. Op. cit. p.48.
(17) TOUCHARD. Op. cit. p.49.
(18) ARISTÓTELES. Op. cit. p.199.
(19) ARISTÓTELES. Op. cit. p.202.
(20) ARISTÓTELES. Op. cit. p.206.
(21) ARISTÓTELES. Op. cit. p.207.
(22) CHEVALIER. J. J. Los grandes textos políticos de Maquiavelo a nuestros días. Madrid. Aguilar. 1972. p.87.
(23) MONTESQUIEU. Del Espíritu de las Leyes. México D.F. Porrua. 1987. p.112.
(24) MONTESQUIEU. Op. cit. p.199.

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