13 feb 2014

Justicia. ¿Hacemos lo que debemos? Michael J. Sandel, (2010) Debate, Barcelona, 336 pp.



QUE ES HACER LO CORRECTO?
EL DELITO?

ESTRUCTURA BÁSICA DEL DERECHO PENAL.


Justicia es la última de las obras del autor Michael J. Sandel, Catedrático de Ciencias Políticas de la Universidad de Harvard, donde imparte cursos de Filosofía Política desde 1980, como “Ética, biotecnología y el futuro de la naturaleza humana”, “Ética, Economía y Derecho”, “Globalización y sus críticos” y su curso de pregrado “Justicia” que ha llegado a ser emitido en televisión. Su obra literaria incluye títulos como Liberalism and the Limits of Justice, Democracy’s Discontent, Public Philosophy: Essays on Morality in Politics o The Case against Perfection: Ethics in the Age of Genetic Engineering, varios de los cuales han sido traducidos al castellano. El autor suele ser enmarcado en la corriente comunitarista, las razones las veremos en el texto, aunque no está del todo de acuerdo con esta etiqueta. La obra a tratar es una traducción del año 2010 del título americano publicado en septiembre de 2009 Justice, ¿what’s the right thing to do?, elaborada por Juan Pedro Campos Gómez y publicada por la editorial Debate.

La obra en cuestión posee un titulo revelador de su temática, Justicia. ¿Hacemos lo que debemos?, pregunta ésta que a su vez da nombre al primer capítulo en el que ya el autor marca una primera meta al libro “invitar a los lectores a que sometan sus propios puntos de vista a examen crítico, a que determinen qué piensan y porqué lo piensan”. Pero tras esta inocente intención de inquietar la mente del lector, aparece una empresa más ambiciosa, dar respuesta o al menos reflexionar acerca de una de las grandes cuestiones de la filosofía política.

Una sociedad justa, ¿ha de perseguir el fomento de la virtud, o debe mantenerse neutral entre concepciones contrapuestas de la virtud, de modo que los ciudadanos tengan la libertad de escoger por sí mismos la mejor manera de vivir?

Para ello, Michael J. Sandel realiza un recorrido a través de varias de las principales teorías de la justicia y con ello de las diferentes concepciones de la libertad que estas manejan. John S. Mill, Immanuel Kant, John Rawls o Aristóteles aparecen en las páginas del libro, pero no de un modo cronológico, sino como puntos de partida sobre los que reflexionar acerca de la justicia, los derechos, la libertad, las obligaciones, el consentimiento, el merecimiento, la virtud, la moral o la ley. Todo ello salpicado con debates actuales como la acción afirmativa, el aborto, las células madre, el patriotismo, los úteros de alquiler o el matrimonio homosexual, que permiten pasar del plano teórico a la realidad de las discusiones morales contemporáneas.

Partiendo de una definición básica de justicia: “distribuir las cosas como es debido, dando a cada uno lo suyo”, Sandel distingue tres formas de encarar la dificultad que supone responder a qué es lo de cada uno y por qué: según el bienestar, plasmado en el utilitarismo, según la libertad y según la virtud. Cada uno de estos ideales sugiere una forma diferente de concebir la justicia. A esta cuestión dedica el autor aproximadamente dos terceras partes de la obra, a explorar los puntos fuertes y débiles de estas tres formas de concebir la justicia. Voy a centrarme fundamentalmente en la confrontación entre las teorías que conciben la justicia basándose en la libertad de aquellas que lo hacen sobre la virtud, pues son las que permiten llegar más claramente a las consideraciones de Sandel sobre la justicia y a la resolución de la pregunta que antes formulaba.

Dicha pregunta responde, a priori, a la separación entre el pensamiento político antiguo y el moderno. Como se desarrolla en el libro, Aristóteles nos habla de virtudes dignas de reconocimiento, de reflexión sobre la mejor manera de vivir; por el contrario, Kant o Rawls sostienen que la justicia no debe fundamentarse en una concepción particular de la virtud, una sociedad justa debe respetar la libertad de cada individuo de escoger su propia concepción de la vida buena. Como explicaré en las siguientes líneas Michael J. Sandel aprecia el atractivo de la neutralidad a la que aspiran las distintas teorías de la justicia basadas en la libertad, sin embargo, entiende deficiente la concepción de la libertad de la que parten, “no es posible definir nuestros derechos y deberes sin abordar cuestiones morales sustantivas, y cuando es posible, no es deseable”.

Tras rechazar el utilitarismo por reducir la justicia a un mero cálculo sin tener en consideración derechos individuales, el autor se embarca en la reflexión sobre diversas teorías de la justicia ligadas a la libertad. Estas teorías, en su mayoría utilizan como pilar fundamental el respeto a los derechos fundamentales, aunque se diferencian en qué derechos consideran más importantes. En esta escuela caben muchas posturas, dependiendo del contenido que se dé a la noción de libertad, desde la idea de autonomía de Kant y su posterior desarrollo en Rawls a través del velo de la ignorancia, hasta el campo del laissez-faire y los partidarios del libre mercado con autores como Milton Friedman o Robert Nozick.

¿Cuáles son las conclusiones a las que llega Sandel tras el análisis de estas obras, fundamentalmente de las obras de Kant y de Rawls? Pues que las concepciones modernas de la justicia se basan en las nociones de consentimiento y de libre elección. La idea de Kant de una voluntad autónoma y la de Rawls de un acuerdo hipotético tras el velo de la ignorancia conciben al agente moral de modo que sea independiente de sus fines y apegos particulares, presuponen su libertad e independencia de lo que cada uno es en sí mismo, su carencia de lazos morales previos, su capacidad de escoger sus propios fines. Según esta concepción liberal, por tanto, solo puede surgir una obligación de dos maneras: como un deber natural, universal y que no requiere consentimiento, ante los seres humanos en cuanto tales; y como obligaciones voluntarias particulares que contraemos a través de un consentimiento.

Esta concepción de la persona libre e independiente tiene una derivación de gran alcance en la manera de entender la justicia. Bajo esta premisa, los principios de la justicia no deben descansar en ninguna concepción moral o religiosa particular, sino que deben ser neutrales entre diferentes concepciones de entender la vida buena.

Lo que hace Sandel es oponerse a esta concepción de la libertad, la cual entiende claramente deficiente, pues nos presenta como autores de la única obligación moral que nos constriñe. La debilidad del individualismo moral de la concepción liberal, entiende Sandel, radica en que no podemos dar sentido con ella a obligaciones morales que por lo común reconocemos. Sandel argumenta, y por ello puede incluírsele en la corriente comunitarista, que existen obligaciones más allá del consentimiento. Rechaza que cada uno de nosotros seamos independientes y no tengamos ataduras morales que no hayamos escogido. De este modo, apoyado en la obra de MacIntyre y su concepción narrativa de la persona, introduce una tercera categoría de obligaciones, las obligaciones de la solidaridad o de la adscripción, que no se pueden explicar refiriéndose a un contrato y que son particulares, que tenemos ante aquellos con quienes compartimos cierta historia, su peso moral derivaría de que se reconozca que la historia de mi vida se entrelaza con la vida de otros. Solo a través de esta tercera categoría podríamos explicar las obligaciones familiares, la obligación especial que los miembros de una familia tienen los unos con los otros; el patriotismo, la necesidad especial de satisfacer las necesidades de nuestros conciudadanos que no se extiende a todo el que viva en el mundo; o la obligación del pueblo alemán y americano de pedir perdón por el genocidio judío y la segregación racial respectivamente.

Si todas nuestras obligaciones se fundamentasen en el consentimiento o en deberes universales ante las personas, ¿cómo explicar este tipo de encrucijadas morales? Una ética del consentimiento no capta estas obligaciones. En este punto debo señalar que me es difícil compartir la idea de Sandel de una responsabilidad colectiva, como sería el caso de la obligación de un alemán actual de pedir perdón a un judío por actos en los que nada tuvo que ver, del que no ha sido responsable, ¿quién o qué determina los rasgos culturales o étnicos que conforman esa entidad de la que supuestamente se forma parte? Desde luego cuesta alejarse de la idea de que uno es responsable exclusivamente de los actos en que ha tomado parte.

¿Qué está en juego cuando discutimos entre una concepción liberal o voluntarista del individuo basada en el consentimiento y una concepción comunitarista o narrativa que entiende al ser humano como parte de una comunidad y de una historia que genera ataduras morales, según la cual no puede buscarse el bien o ejercer las virtudes como individuo autónomo y aislado? No sólo el concepto de libertad, responde Sandel, sino también el de justicia. Si entendemos, y así lo hace Sandel, correcta la concepción narrativa de la persona es el momento de reformular la teoría de la justicia de Aristóteles, pues si reflexionar lo que es un bien para mí implica deliberar lo que es un bien para las comunidades de las que participa mi identidad, la aspiración a la neutralidad será un error, deliberar sobre la justicia requerirá deliberar sobre la vida buena.

Y eso es lo que hace el autor, acercarnos a la obra de Aristóteles para afirmar que, en primer lugar, la justicia es teleológica, es decir, para definir los derechos hemos de determinar el telos, el propósito o finalidad de la práctica en cuestión; y en segundo, la justicia es honorífica, razonar sobre el telos de una práctica es razonar sobre qué virtudes debe honrar y recompensar. A partir de estos puntos se opone al argumento de la arbitrariedad moral de Rawls, según el cual la justicia distributiva no tendría nada que ver con recompensar el merecimiento moral, sino en satisfacer las expectativas legítimas que se producen una vez que se han instaurado las reglas del juego. Rawls rechaza, por tanto, la premisa básica del punto de vista meritocrático, que una vez se han eliminado las barreras que impiden el éxito las personas merecen la recompensa que sus aptitudes les hacen ganar. Y lo hace por dos motivos, el primero, que las aptitudes gracias a las que puedo competir con más éxito no son del todo obra mía, y segundo, las cualidades que una sociedad valora más en un momento dado son también arbitrarias moralmente.

Sandel, en cambio, entiende que no puede desligarse tan rotundamente la justicia del merecimiento moral como lo hacen autores como Rawls o Ronald Dworkin. Y ello porque, en primer lugar, como ya he señalado, entiende que la justicia tiene a menudo un aspecto honorífico, se refiere a qué cualidades son dignas de que se las honre y las recompense, y en segundo lugar, que el mérito nazca una vez que han sido definidas las misiones de las instituciones, una vez establecidas las reglas del juego, se complica en numerosas instituciones que no tienen total libertad de definir su misión, escuelas, universidades, puestos de trabajo… pues tales instituciones sociales se definen, al menos en parte, por los bienes característicos que defienden. El modo justo de asignar el acceso a un bien, como pueda ser acceso a la universidad, puede que tenga algo que ver con la naturaleza de ese bien, con su propósito.

Profundizando en el pensamiento de Aristóteles vemos cómo la justicia consiste en una concordancia. Asignar derechos se basa en buscar el telos de las instituciones y hacer que los individuos desempeñen los papeles sociales acordes a su naturaleza, darles los cargos y honores que se merecen. Vemos así una clara distinción entre la teoría teleológica aristotélica, asignar derechos es hacer que las personas desempeñen los papeles que les convienen por naturaleza, de las modernas teorías de la libertad que antes veíamos, las personas deben poder elegir sus papeles por sí mismas. Estas últimas rehúsan de las aparentemente peligrosas nociones de telos y concordancia, prescinden de una ética teleológica en favor de una ética de la elección y del consentimiento. Tanto Kant como Rawls combaten esta idea porque no parece dejar espacio para que escojamos nuestro bien, ¿quién va a decirme el papel con el que estoy en concordancia? Si no tengo la libertad de escoger mi propio papel en la sociedad puede ocurrir que los que están en el poder me fuercen a desempeñar uno en contra de mi voluntad. De hecho, Aristóteles llegó a justificar filosóficamente a través de este argumento la esclavitud.

Sandel, por el contrario, entiende que esta conclusión es apresurada, piensa que es posible y adecuado realizar una reformulación del pensamiento aristotélico, explicar dentro de la ética del telos y de la concordancia la injusticia de la esclavitud, llegando incluso a señalar que dicha ética establece un patrón moral más exigente para la ética en el lugar de trabajo que la ética liberal. Para ello nos hace pensar en un trabajo repetitivo y peligroso, ¿es justa esta forma de trabajo? Para el libertario, la respuesta depende de que los trabajadores hayan intercambiado libremente su trabajo por un salario; para Rawls, el acuerdo sería justo sólo si el libre intercambio de trabajo tuvo lugar bajo unas condiciones equitativas; para Aristóteles, ni siquiera basta con el consentimiento con un trasfondo de condiciones equitativas, para que el trabajo sea justo tiene que concordar con la naturaleza del trabajador. Hay trabajos que no pasan esa prueba, son tan peligrosos y repetitivos que no concuerdan con un ser humano. En esos casos, la justicia entendida según Aristóteles requeriría que el trabajo se reorganice según nuestra naturaleza.

Sandel es plenamente consciente de que ligar las cuestiones relativas a la justicia y a los derechos con las cuestiones relativas a los honores y a las virtudes quizá lleve hacia acuerdos irresolubles, al fin y al cabo, cada uno tenemos concepciones diferentes del honor y la virtud. Es por esto que buena parte de la filosofía moderna ha intentado encontrar un fundamento a la justicia y los derechos que mantenga las distancias con esas controversias. Como analiza a lo largo de la obra, en Kant y Rawls hay audaces intentos de ello, de encontrar un fundamento, unos principios a la justicia que sean neutrales con respecto a las distintas formas de encontrar la vida buena. Estas doctrinas que aspiran a la neutralidad tienen un gran atractivo, ofrecen la posibilidad de que la política y la justicia se libren de quedar empantanadas en las controversias morales y religiosas que abundan en las sociedades plurales. Pero esta ambición, señala Sandel, no puede realizarse.

Para explicar la imposibilidad de zanjar cuestiones referentes a la justicia y los derechos, sin resolver cuestiones morales, recurre como ejemplo al debate del aborto. Algunos creen que habría que prohibir el aborto porque supone eliminar una vida humana. Otros discrepan, sostienen que la ley no debe entrar en una controversia moral y religiosa como lo es el momento en que empieza la vida humana, el Estado debe mantenerse neutral y dejar que la mujer decida si va a abortar. Este último sería el argumento liberal, que dice resolver el problema basándose en la neutralidad y la libertad de elección, sin entrar en la controversia moral y religiosa. Pero no es así, no lo resuelve a ojos de Sandel. Pues, si es cierto que el feto en desarrollo es moralmente equivalente a un niño, el aborto será moralmente equivalente al infanticidio. Así, la postura a favor de la libertad de elección no es neutral, descansa en la premisa de que la concepción moral de entender al feto como una persona humana desde el momento de la concepción es falsa.

Sandel no pretende con ello posicionarse en uno u otro argumento, sólo exponer su tesis de que reconocer la libertad y la neutralidad no son razones suficientes para aceptar el derecho a abortar, la neutralidad no es posible, siempre supone decantarse por una u otra opción moral. Quienes defienden el derecho al aborto, señala, deben enzarzarse con el argumento de que el feto en desarrollo es una vida humana y refutarlo.

Los debates sobre la justicia y los derechos serían por tanto, inevitablemente, debates sobre la naturaleza de la vida buena. Por mucho que intentemos que la ley sea neutral en estas cuestiones, afirma que no es posible decir qué es justo sin realizar estos debates. A su parecer, dejar las convicciones morales y religiosas a un lado cuando los ciudadanos entran en la esfera pública no es una forma correcta de garantizar la tolerancia y el respeto mutuo, sino más bien todo lo contrario, una neutralidad inasequible puede conducir al resentimiento, a una vida civil empobrecida donde pueden ganar fuerza los moralismos fundamentalistas e intolerantes.

Sandel, en definitiva, se sitúa en la tercera de las maneras de concebir la justicia, la que liga la justicia a la virtud. A su parecer, la primera manera, el enfoque utilitario, reduce la justicia y los derechos a un mero cálculo e intenta traducir todo a una medida simple sin captar las diferencias cualitativas que hay entre ellas. Las teorías basadas en la libertad resuelven el primero de los problemas pero no el segundo. Se toman los derechos en serio y rehúsan que se trate de un mero cálculo, pero no nos exigen que cuestionemos las preferencias y deseos con los que participamos en la vida pública. Esto es lo que le parece un error a Michael J. Sandel, no se llega a una sociedad justa solo con maximizar la utilidad o garantizar la libertad de elección, una sociedad justa exige razonar sobre el significado de la vida buena y crear una cultura pública que acoja las discrepancias que inevitablemente surgirán. “La justicia no solo se trata de la manera debida de distribuir las cosas, trata también de la manera debida de valorarlas.”

¿Está la política preparada para acoger estos debates sobre la vida buena? Desde luego requiere un nuevo aire a la política, a la vida pública, alejada hoy día de las controversias morales y religiosas, y es el propio autor quien, para finalizar la obra, ofrece una serie de sugerencias para elaborar esta nueva política del bien común, una política que se enfrente a los problemas morales sin refugiarse tras la neutralidad y la libertad de elección, una política que se tome las cuestiones morales y espirituales en serio, pero las aplique a las dificultades sociales en general, pues al fin y al cabo una sociedad justa implica razonar sobre la vida buena. La nueva política del bien común exigiría cultivar la virtud cívica que permita un decidido compromiso moral, una implicación pública en nuestras discrepancias morales proporcionaría un fundamento sólido al respeto mutuo.

A modo de conclusión puedo decir que Justicia, ¿hacemos lo que debemos? cumple desde luego el primero de sus objetivos, inquietar la mente del lector. Escogí reflexionar sobre esta obra porque estoy interesado en la parte axiológica del Derecho y, aunque no recoge todas las opciones sobre la justicia que podrían plantearse, su recorrido por las obras de los autores que ya he señalado no defrauda. Los numerosos e interesantes ejemplos que el autor utiliza para desarrollar su argumento hacen que uno, al menos esa ha sido mi experiencia, sea consciente de las consecuencias de las doctrinas e ideas a las que en un primer momento cree estar apegado, y vaya preguntándose, aceptando y rechazando progresivamente otras alternativas, hacen interactuar al lector y que uno quiera saber más. El estilo es excelente, lo que lo convierte en un libro ameno a pesar de ser extenso. Entiendo que no es para todo tipo de público, al fin y al cabo es una obra de filosofía política, que requiere inquietudes previas, pero desde luego es recomendable para los estudiantes en Derecho o Ciencia Política, estudiantes de ciencias sociales en general, pues se trata de una crítica a la teoría liberal, al concepto mismo de libertad, cimiento de la sociedad en la que nos movemos, y puede ayudarnos a revisar y entender los fundamentos de la misma, así como los puntos débiles que los detractores ven en ella. Desde luego, entiendo que la neutralidad como tal es inalcanzable, toda decisión judicial o legislativa supone situarse en uno u otro punto de las posibilidades morales, pero cuesta entender cómo introducir de nuevo en el terreno público el debate sobre la vida buena sin que se imponga desde un determinado sector una concepción de la misma, ¿cómo podremos saber cuál es esa vida buena a la que nuestra historia nos conduce?

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